En reiteradas oportunidades los trabajadores y trabajadoras contratadas en la modalidad del Subcontrato reclaman por las injustas condiciones en que deben desempeñar sus labores, así como las formas en que pueden ser despedidos bajo la justificación de las necesidades de la empresa, consignada en el Art. 161 del Código del Trabajo.
Esta es una de aquellas situaciones que afectó a un número no determinado de trabajadores que estando empleados por la empresa contratista ECR Group para prestar servicios a Soprole, se quedaron sin trabajo.
Las notificaciones de despidos por “necesidades de la empresa” fueron comunicadas a inicios del mes de agosto del 2021 a trabajadores que cumplían servicios como reponedores de productos, entre otras funciones específicas, en diversos establecimientos de cadenas de supermercados.
Las razones que entregó ECR Group
La razón que la empresa contratista ECR Group entregó a sus trabajadores para despedirlos fue que su cliente, en este caso Comercial Santa Elena S.A. (Soprole), les informó la pérdida de atención en 8 locales de supermercado en comunas de la zona sur de la Región Metropolitana. Según la notificación, este hecho los obligaba a reducir la dotación en ese lugar por no contar con los cupos disponibles para reubicarlos en otro lugar y que, por tanto, quedaban despedidos.
Los establecimientos que dejaron de requerir reponedores fueron: Lider Express de Gran Avenida; Lider de San Bernardo; Lider de Gran Avenida; Lider Gabriela; Tottus Plaza San Bernardo; Mayorista 10 de Gran Avenida; Hipermercado NOS y Jumbo El Llano.
Los productos Soprole se siguen vendiendo
Es decir, cuando al empleador pierde un cliente, el trabajador tiene que pagar el costo perdiendo su fuente laboral; y solo algunos de los trabajadores y trabajadoras que acudieron al Sindicato Complementos Chile S.A. pudieron denunciar este hecho, por lo que se desconoce el número exacto de afectados.
Los dirigentes sindicales piensan que esta es una maniobra empresarial puesto que ni los supermercados mencionados han cerrado, ni los productos Soprole dejaron de venderse en ellos; por tanto, necesariamente tendrán que contratar nuevos trabajadores para las funciones de reponedores en esos locales. El propósito sería abaratar costos, porque al nuevo personal lo contratan con el sueldo mínimo mensual y con condiciones laborales distintas. Entonces, “el hilo se corta por la parte más delgada, afectando a los trabajadores subcontratados que no recibirán los beneficios que les correspondían por antigüedad”, señalan los dirigentes.
¿Qué se esconde tras este procedimiento legal?
Lo que se esconde tras este procedimiento aparentemente legal de despidos es un proceso manido de “licitaciones” mediante el cual las empresas principales, en este caso Soprole, ofrece al mercado laboral la contratación de servicios de reposición o venta en supermercados donde las empresas contratistas, como ECR Group, participa o postula. Se trata de un sistema que funciona entre privados, es decir, la empresa mandante pacta a su arbitrio con cualquiera de las empresas o agencias contratistas que le proporciona el recurso humano, pero sin atender a las situaciones de desprotección en la que quedan los trabajadores y trabajadoras.
El procurador del Sindicato Complementos Chile, Martín Duarte, explica que “el producto de este proceso de licitación es la suscripción de un contrato de naturaleza civil-comercial de prestación de servicios entre la empresa principal y la contratista”, razón por la que su control se escapa a las atribuciones de la Dirección del Trabajo.
El enigma del sistema de selección de las empresas contratistas
Este sistema de selección de empresas contratistas, que a su vez significa la contratación de personas para un trabajo, es una parte poco conocida del sistema de subcontratación que se mantiene en estricta reserva, y está amparada en las políticas de confidencialidad de las marcas comerciales y grupos o sociedades determinadas, señala el procurador. Es tal el nivel de confidencialidad de estos acuerdos que inclusive en los juicios laborales no son digitalizados, por lo que deben exhibirse en privado al magistrado.
El trabajador nunca se enteran de estos procedimientos hasta que lo cambian de punto de venta o lo despiden, que es cuando su empleador le dice: “te tienes que ir porque perdí al cliente donde trabajabas“.
Para la dirigenta sindical e integrante del directorio, Romina Rojas, “estas son injusticias del sistema de subcontratación que combatimos, porque tras la cláusula de “necesidades de la empresa” se esconden otros intereses relacionados con el lucro de las empresas y la desprotección legalizada del trabajador subcontratado. No es posible que la empresa justifique el despido de un trabajador que tiene a su cargo, echándole la culpa a un tercero. Eso es inaceptable y raya en la corrupción”.