Dictamen plebiscito

El Sindicato Complementos Chile hizo público el último Dictamen (2760) de la Dirección del Trabajo, que informa y reitera las disposiciones sobre el feriado obligatorio y el permiso especial al que tienen derecho los trabajadores y trabajadoras para ir a sufragar en el Plebiscito de este domingo 25 de octubre.

En el documento oficial se señala que en la fecha en que se efectuará el proceso eleccionario será feriado obligatorio para los trabajadores que trabajen en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, como es el caso de los mall o strip center, por lo que estarán liberados de concurrir a sus trabajos ese día, y así puedan ir a cumplir su deber cívico.

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Del mismo modo, el dictamen señala que para aquellos trabajadores que sí trabajan legalmente en días domingos y festivos, como es el caso de los empleados de supermercados, para el día del Plebiscito ellos tienen derecho a ausentarse de sus labores durante el lapso de dos horas para concurrir a sufragar. Dado que es un derecho que les otorga la ley, este permiso no puede descontarse de sus remuneraciones.

La directiva sindical llamó a sus socios y socias a denunciar aquellos casos en que esta medida no sea respetada por los empleadores.

La Dirección del Trabajo señaló que en caso de no respetarse la norma, las empresas arriesgan multas de hasta 60 UTM ($3.022.320) dependiendo del número de trabajadores,  y de 40 UTM ($2.014.880), si no se otorga el permiso de dos horas para concurrir a sufragar.

Puedes descargar el Dictamen aquí: