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Cómo el Sindicado ha seguido los despedidos de L´Oreal

Desde que en julio del año pasado, cuando la empresa ECRGroup despidiera a alrededor de 250 trabajadores y trabajadoras de la cuenta L´Oreal, es que hemos seguido atentamente el proceso de finiquitos, demandas, y comparendos ante los tribunales laborales, atendiendo la situación laboral y humana en la que quedaron estos trabajadores.

La semana pasada se realizó una de las audiencias de los juicios de procedimiento ordinario que se han seguido en contra de la empresa  ECRGroup en favor de 7 trabajadores de Viña del Mar. En esta nueva audiencia se rindieron pruebas y testimonios para determinar el despido injustificado de la empresa, para la restitución de parte del Seguro de Cesantía y el recargo por años de servicio.

Recordemos que la empresa ECRGroup se amparó en el Artículo 161, inciso primero, del Código del Trabajo, es decir, aquel que se conoce como el despido “por necesidades de la empresa”. 

Un año ha transcurrido desde que ocurrieran estos hechos del despido masivo, que significó también un duro golpe para el sindicato Complementos, por el alto número de trabajadores que perdieron su fuente de ingresos, y porque en términos simbólicos  fue precisamente fue la cuenta L´Oreal con la que se fundó el Sindicato Complementos Chile, hace ya diez años atrás.

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Acciones Legales

Apenas ocurrieron los despidos, el sindicato interpuso acciones legales con el fin de proteger al conjunto  de las y los trabajadores afectados. 

En primer lugar, el 6 de agosto de 2019 se interpuso un reclamo administrativo en la Inspección de Trabajo, y el día 23 se realizaron los primeros comparendos de conciliación en los que no se llegó acuerdo, ya que la mayoría firmó finiquito con reserva del derecho a iniciar demanda judicial. Tras esta decisión las acciones ante la Inspección quedaron fuera de competencia, de acuerdo al Art. 420 del Código del Trabajo, con lo que no se pudo seguir presionando ante este organismo y las facultades quedaron delegadas en los tribunales laborales.

Pese a los intentos de llegar acuerdo con la empresa, en el comparendo de conciliación no se consiguió nada porque ECRGroup no estuvo dispuesto a negociar. Este resultado desanimó a mucho de los trabajadores despedidos que prefirieron no emprender una acción judicial

En la demanda judicial se siguieron distintas estrategias en atención a que las cuantías y prestaciones eran distintas en cada caso, y aquellas demandas que siguieron el procedimiento monitorio (más corto) se acogieron todas gracias a que el juez laboral declaró el despido como injustificado, y ahí ganaron el juicio los 15 a 20 trabajadores que lo interpusieron.

El procedimiento monitorio es una acción que se sigue cuando la cuantía o valor que se persigue es igual o inferior a 10 ingresos mínimos mensuales. Se inicia por reclamo ante la Inspección del Trabajo, y se va a comparendo directamente en el tribunal. La gracia de este procedimiento es que el juez acoge o rechaza la demanda de inmediato si los antecedentes son suficientes para este pronunciamiento. 

Para el resto de los trabajadores y trabajadoras que iniciaron juicio con procedimiento ordinario, el 4 de noviembre se ingresó la demanda por despido injustificado para siete de los trabajadores despedidos. Para ellos la sentencia definitiva saldrá el 3 de septiembre, la que se estima será favorable a los intereses de los trabajadores, según supimos fue la apreciación de la defensa judicial.

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